La Corte Suprema (CS) precisó cuando corresponde el pago de remuneraciones devengadas (es decir, el sueldo que ordenado por el juez a depositar por el empleador) al declarar fundada una demanda de reposición de un trabajador (que es proporcional a la duración del juicio).
sábado, 21 de junio de 2014
Corte Suprema no encarecerá costos laborales a empresas
lunes, 17 de marzo de 2014
SUNAT no debe notificar conjuntamente orden de pago y resolución coactiva
Tribual Constitucional ENMIENDA LA PLANA AL ENTE TRIBUTARIO
IGUALMENTE, Colegiado Constitucional Establece Que los embargos de la Administración Tributaria no pueden triplicar o cuadruplicar el Monto adeudado Por El Contribuyente. De Finalmente, TC Precisa Que No pueden ejecutarse Distintas Medidas cautelares CUANDO Con Solo Una de Ellas sí Asegura la suma adeudada.
lunes, 10 de febrero de 2014
Sunat está confiscando los saldos de las detracciones
jueves, 6 de febrero de 2014
Recibí una factura de compra con atraso
SUNAT pone la mira en préstamos de las personas a sus empresas
Señala que la Sunat está poniendo el ojo en las
acotaciones de estos préstamos como rentas gravadas de trabajo, aplicando
tasas de 15%, 21% y 30% sobre el monto entregado.
Pero si las operaciones se hicieran correctamente, al préstamo dado solo se
aplicaría una tasa del 5% sobre el interés ganado, afirmó el tributarista.
Recomendaciones
Por ello, Picón sugiere que si una persona natural realiza un préstamo a una
empresa, lo que debe hacer en entregar el dinero a través del banco, a fin de
evitar que la Sunat presuma que cuando la empresa devuelva el dinero
más los intereses ganados, se trata de un pago.
Es incorrecto, dice Picón, entregar el dinero en efectivo y luego que la
empresa devuelve a través del banco. En estos casos, la Sunat aplicará la
presunción de que es renta gravada todo el capital entregado y, por lo tanto,
acotará el pago del Impuesto a la Renta que
puede llegar hasta una tasa de hasta 30%.
Otro aspecto importante, dijo el tributarista, es que la empresa solo podrá
deducir ese gasto (es decir, pago del interés) si la persona natural emite una
factura.
Por ello, el empresario que financia a su empresa debe activar en la Sunat
la percepción de rentas de segunda categoría, que están vinculadas a los
intereses.
Además, Picón explicó que una vez emitida la factura la empresa deberá
retener el pago del 5% del Impuesto a la Renta por
los intereses sustentados en la factura.
Agregó que la declaración denominada por “operaciones no habituales”, no puede
ser usada como sustento para este tipo de operaciones, ya que corresponde solo
a venta de bienes de una persona natural a la empresa.
En general, opinó Picón, la fiscalización de la Sunat en este año se
vislumbra más dura que en el ejercicio anterior, ya que el objetivo de la
administración tributaria es obtener una presión de 18% del PBI.