Señala que la Sunat está poniendo el ojo en las
acotaciones de estos préstamos como rentas gravadas de trabajo, aplicando
tasas de 15%, 21% y 30% sobre el monto entregado.
Pero si las operaciones se hicieran correctamente, al préstamo dado solo se
aplicaría una tasa del 5% sobre el interés ganado, afirmó el tributarista.
Recomendaciones
Por ello, Picón sugiere que si una persona natural realiza un préstamo a una
empresa, lo que debe hacer en entregar el dinero a través del banco, a fin de
evitar que la Sunat presuma que cuando la empresa devuelva el dinero
más los intereses ganados, se trata de un pago.
Es incorrecto, dice Picón, entregar el dinero en efectivo y luego que la
empresa devuelve a través del banco. En estos casos, la Sunat aplicará la
presunción de que es renta gravada todo el capital entregado y, por lo tanto,
acotará el pago del Impuesto a la Renta que
puede llegar hasta una tasa de hasta 30%.
Otro aspecto importante, dijo el tributarista, es que la empresa solo podrá
deducir ese gasto (es decir, pago del interés) si la persona natural emite una
factura.
Por ello, el empresario que financia a su empresa debe activar en la Sunat
la percepción de rentas de segunda categoría, que están vinculadas a los
intereses.
Además, Picón explicó que una vez emitida la factura la empresa deberá
retener el pago del 5% del Impuesto a la Renta por
los intereses sustentados en la factura.
Agregó que la declaración denominada por “operaciones no habituales”, no puede
ser usada como sustento para este tipo de operaciones, ya que corresponde solo
a venta de bienes de una persona natural a la empresa.
En general, opinó Picón, la fiscalización de la Sunat en este año se
vislumbra más dura que en el ejercicio anterior, ya que el objetivo de la
administración tributaria es obtener una presión de 18% del PBI.
jueves, 6 de febrero de 2014
SUNAT pone la mira en préstamos de las personas a sus empresas
Fuente: Diario Gestión
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